Economía

8 nuevas reglas para los despachos de cobranza

Un ejemplo de la regulación para evitar abusos de los despachos contratados por bancos es que ya no podrán utilizar números de teléfono que en el identificador aparezcan como “oculto” o “privado”.

CIUDAD DE MÉXICO.- Con el propósito de poner fin a las malas prácticas que realizan los despachos de cobranza, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) publicó este martes en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las reglas de operación de los despachos.

Aquí te presentamos 8 de las más importantes:

• Los despachos sólo podrán comunicarse o presentarse en un horario de 7:00 a 22:00 horas, de acuerdo a los husos horarios en que se encuentre el deudor.

• Ya no podrán "utilizar nombres o denominaciones que se asemejen a las de instituciones públicas".

• Tampoco podrán utilizar números de teléfono que aparezcan en el identificador de llamadas como "confidencial", "oculto", "privado" o con cualquier otra expresión o denominación semejante que imposibilite su identificación.

• Los cobradores tienen prohibido "amenazar, ofender o intimidar al deudor, sus familiares, compañeros de trabajo o cualquier otra persona que no tenga relación con la deuda".

• Las entidades financieras deberán supervisar las actividades de cobranza de los despachos que contraten, además de poner a disposición de sus clientes los datos para que los puedan identificar y localizar.

• En el primer contacto con el deudor, los despachos de cobranza deberán informar "nombre, denominación o razón social del despacho de cobranza y de la persona encargada de realizar dicha actividad; domicilio, número telefónico y nombre de las personas responsables de la cobranza; entidad financiera que otorgó el crédito, préstamo o financiamiento de que se trate; contrato u operación motivo de la deuda en que se basa la acción de cobranza; monto del adeudo y fecha de cálculo; condiciones para liquidar el adeudo; domicilio, correo electrónico y número telefónico de la unidad administrativa de la entidad financiera que recibirá las quejas por malas prácticas de cobranza".

• Las entidades financieras deberán informar trimestralmente a la Condusef el número de quejas relacionadas con la gestión de los despachos de cobranza.

• Quienes consideren que sus derechos han sido vulnerados podrán presentar una queja vía electrónica contra la entidad financiera a través del Registro de Despacho de Cobranza (Redeco).

Las disposiciones entrarán en vigor mañana y las entidades financieras tendrán 90 días para dar cumplimiento a las obligaciones establecidas por la Condusef.

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