Economía

Emiten disposiciones para Siefores


Notimex
 
A fin de establecer el régimen de inversión al que deberán sujetarse las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro (Siefores), la Secretaría de Hacienda publicó las disposiciones de carácter general de esos fondos donde se invierten los recursos de los trabajadores.
 
En el Diario Oficial de la Federación (DOF), la dependencia explica que con tales preceptos, vigentes a partir de este miércoles, quedan abrogados los publicados el 12 de octubre de 2012, salvo algunas excepciones.
 
Así, la dependencia define a las Siefores, así como a los aspectos relativos a su operación, tales como componentes e instrumentos de renta variable, valores extranjeros de renta variable, comités de análisis de riesgos, de inversión, de riesgos financieros, de evaluación, entre otros.
 
Estipula que estas sociedades de inversión podrán celebrar con contrapartes operaciones de reporto y de préstamo de valores sobre los instrumentos, salvo los estructurados, mercancías, estructuras vinculadas a subyacentes y sobre valores extranjeros que integren su activo.
 
Las primeras únicamente actuarán como reportadoras o prestamistas, respectivamente, de conformidad con lo previsto en la Ley y en las disposiciones del Banco de México.
 
Cada sociedad de inversión determinará el régimen de inversión con el que operará conforme a los límites, el cual será dado a conocer en el prospecto de información respectivo, y el régimen de inversión previsto en dicho prospecto deberá ser observado diariamente por la misma, de acuerdo con la dependencia.
 
Explica además que el Comité de Inversión de cada sociedad de inversión seleccionará los activos objetos que serán adquiridos y vendidos por la misma de conformidad con el régimen de inversión previsto en las presentes disposiciones y en el prospecto de información de cada Sociedad de Inversión, observando los límites y parámetros establecidos por su Comité de Riesgos Financieros.
 
En la operación del régimen de inversión, puntualiza Hacienda, las sociedades de inversión deberán observar las mejores prácticas, es decir, los lineamientos para controlar y minimizar el riesgo operativo de este tipo de sociedades de inversión.
 
Cabe recordar que a finales de noviembre pasado se llevó a cabo la integración de los activos de la Siefore Básica Cinco, que correspondía a los trabajadores de 26 años y menores, a la Siefore Básica Cuatro, de 27 a 36 años en adelante.
 
La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) argumentó en ese entonces que ello busca menos costos para las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afore) y mejores rendimientos a los trabajadores más jóvenes.
 
Así, la Siefore Cuatro incluye ahora los ahorros para el retiro de los trabajadores de 36 años y menos, mientras que la Siefore Tres los de quienes tienen de 37 a 45 años, la Dos de 46 a 59 años, y la Siefore Básica Uno para personas de 60 años o más.

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