Economía

Cómo obtener un derecho ejidal, sin morir en el intento

La Ley contempla tiempos, costos, acciones y pasos a tomar para realizar proyectos energéticos. Esta nueva regulación con motivo de la reforma energética es de entrada histórica, pues se trata de la primera vez que se sobrepone el interés energético al ejidal.

Negociaciones, discusiones, precios, largas horas, burocracia… todo está incluido en los nuevos lineamientos para el uso goce o aprovechamiento de tierras para actividades de exploración y extracción de hidrocarburos.

Éstos ya se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y regularán las negociaciones entre propietarios de predios y quienes quieren invertir en sacar petróleo o incluso transportarlo por sus tierras.
Para Mauricio Llamas, socio de Jones Day y experto en regulación ambiental, esta nueva regulación con motivo de la reforma energética es de entrada histórica, pues se trata de la primera vez que se sobrepone el interés energético al ejidal.

"El funcionamiento es complejo y es nuevo, pero es bastante interesante cómo va a funcionar y que por primera vez se pone como primordial el interés energético sobre el ejidal.

"En ese sentido cualquier particular o persona que quiera ocupar un predio para las actividades de exploración, extracción o de transporte por medio de ductos puede acceder a estas nuevas disposiciones", indicó Llamas.

El primer objetivo es asegurar las tierras para los inversionistas, luego proteger los intereses de las comunidades

Uno de los aspectos más conflictivos son los tiempos que prevén en las instancias para las negociaciones, dado que son plazos que pueden llegar hasta los 360 días naturales, es decir más de un año y medio.

Lo anterior creará conflictos entre las partes involucradas, por ejemplo Estado-empresa, toda vez que el Estado en los contratos de exploración de hidrocarburos tiene tiempos muy apremiantes, de menos de dos años para iniciar los trabajos.

"Los tiempos son muy largos, nosotros hemos calculado que este procedimiento se pueden dar temas de hasta 300 días hábiles estamos hablando de más de un año y medio. La tardanza puede ser igual en cualquiera de las dos instancias: las ejidales o las judiciales", afirmó.
La nueva Ley tiene dos objetivos: asegurar las tierras y proteger a las comunidades, puntualizó el experto.

Por eso, la primera acción que debe tomar un inversionista para hacerse de un predio con el fin de realizar actividades energéticas es avisarle a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) del inicio de las negociaciones.

"El primer objetivo es asegurar las tierras para los inversionistas, pero el segundo es proteger el interés de las comunidades. Estoy obligado ante la Sedatu y esta se tiene que asegurar de que cumplo con los requisitos que son básicamente informarle al dueño para qué quiero el predio y los beneficios y contrapartidas que pueda tener", indicó.

Los lineamientos incluyen los modelos de contrato que se podrán tener entre ambas partes, pero, la primer y principal fuente de discusión entre terratenientes e inversionistas es cuál será el precio del predio.

En este sentido se sabe que será la Secretaría de Energía la que emita lineamientos aún más detallados para determinar todas las contraprestaciones, pero este documento señala que "para fijar la contraprestación servirá de base el tabulador a que se refiere el artículo 103 de la Ley de Hidrocarburos, elaborado por el Instituto de Administración y Avalúo de Bienes Nacionales y, en su caso, el avalúo en términos del artículo 104 de la Ley de Hidrocarburos.

Para Llamas "la contraprestación tiene que ser justa, toda vez que se incorporan elementos adicionales a las rentas, como lo son los elementos que causan un daño al medio ambiente. Para estimar un porcentaje real la Sener irá emitiendo lineamientos, pero ahí ya están los parámetros.

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