Economía

CNBV analizará ‘con lupa’ información de bancos tienda

Cesiones de carteras celebradas y estudios de precios de transferencia son algunas de las operaciones que los bancos tienda, como Walmart y Famsa, tendrán que informar a la Comisión Nacional y de Valores, según un anteproyecto enviado por este órgano a la Cofemer.

CIUDAD DE MÉXICO.- Los llamados "banco tienda" tendrán que cumplir con el envío de mayor información a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) para que la autoridades conozcan con más detalle las operaciones que celebran con el resto de las sociedades integrantes del consorcio o grupo empresarial.

De acuerdo con el anteproyecto enviado por la CNBV a la Comisión Federal de Reforma Regulatoria (Cofemer), la información que la autoridad podrá solicitar es la referente a las operaciones en materia de administración integral de riesgos, como convenios que documenten las operaciones, cesiones de cartera celebradas, estudios de precios de transferencia, de estrategias de negocios como son personal común a ambas sociedades y constancias de capacitación de personal que realice operaciones de atención al público y financiera como comportamiento de la cartera antes y después de la cesión de información de créditos otorgados y de pagos de servicios.

En el caso de la información que deberán solicitar en materia de administración integral de riesgos, son los referentes a los convenios, contratos o documentos a través del cual la institución de banca múltiple haya celebrado cualquier tipo de operación, incluidas las de cesión de cartera y deberá precisar si la transacción se realizó a título oneroso o gratuito, y acompañarse de la información que acredite que los cesionarios están facultados para realizar actividades de cobranza.

Los llamados banco-tienda como Walmart, Coppel, Famsa, entre otros, también tendrán que mostrar a la autoridad el personal de nómina o por honorarios que comparten con las empresas que formen parte del mismo grupo empresarial con las que mantengan vínculos, agrupado por el tipo de funciones que realizan para ambas sociedades, precisando quién paga por sus servicios.

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