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SCJN le da sí a la ubicación de celulares sin orden judicial


 
Fernando Ramírez de Aguilar L.


Con el voto a favor de ocho ministros, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló la constitucionalidad de las reformas al Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley Federal de Telecomunicaciones permiten a la Procuraduría General de la República (PGR) y Procuradurías estatales localizar geográficamente en tiempo real teléfonos móviles involucrados en la investigación de delitos graves.

Los ministros determinaron que un equipo móvil asociado a una línea telefónica tiene que considerarse parte de la vida privada de una persona. Sin embargo, también establecieron que hay diversos controles legales para evitar el abuso de la autoridad "en estas reglas de excepción".

Lo que buscaron los ministros es que la geolocalización se acote solamente para casos específicos como los secuestros o extorsiones, donde es urgente la persecución del delito en donde pueda estar en peligro la vida de una víctima.

La intervención en la víspera del presidente de la propia Corte , Juan Silva Meza, en donde expuso que tres distintas sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos señalan que las comunicaciones telefónicas forman parte de la vida privada, motivó que al menos cuatro de los ocho ministros que se manifestaron a favor del proyecto, anunciaron hacer votos particulares para establecer "una interpretación conforme" en base a las atribuciones de investigación de delitos a que se refieren los artículos 21 y 102 de la Constitución.

Los ministros José Ramón Cossío Díaz, Olga Sánchez Cordero y Sergio Valls Hernández mantuvieron su postura disidente al proyecto de la ponente Margarita Luna Ramos y sostuvieron que esta intervención inmediata por la premura del caso, como pudiera ser un secuestro, debe ser con la intervención de un juez federal, tal y como lo establece el artículo 16 Constitucional.
 
 

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