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Recibos electrónicos, hasta para la nómina


 
Marcela Ojeda
 
 
A partir de 2014, todos los patrones estarán obligados a emitir los recibos de nómina de sus trabajadores electrónicamente a través del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), con lo que tan sólo por este concepto, cada quincena se emitirán hasta 33 millones de unidades.
 
 
De los más de 49.5 millones de ocupados en el país, 33.1 millones son trabajadores remunerados y de ellos cerca de 20 millones son empleados formales. Unos 17 millones de trabajadores están adscritos al Instituto Mexicano del Seguro Social y más de 3 millones al ISSSTE.
 

En la nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta (L-ISR), capítulo I "De los ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado", fracción III del Artículo 99, se establece que los patrones deben expedir y entregar comprobantes fiscales a las personas que reciban pagos, en la fecha que realicen la erogación correspondiente.
 
 
El Artículo 29 del Código Fiscal de la Federación (CFF) indica que cuando se establezca la obligación de expedir comprobantes fiscales, los contribuyentes deberán emitirlos mediante documentos digitales, a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria.
 
 
Añade que las personas que adquieran bienes, disfruten de su uso o goce temporal, reciban servicios, o aquéllas a las que les hubieran retenido contribuciones, deberán solicitar el CFDI respectivo.
 
 
En este contexto, Aristóteles Núñez, jefe del Servicio de Administración Tributaria (SAT) señaló que desde el 1 de enero de 2014, todas las erogaciones o remuneraciones que tengan carácter de deducible para efectos del ISR, o de acreditable para efectos en IVA, tendrán que estar soportadas en un CFDI.
 
 
Juan Carlos Roa Jacobo, ex subprocurador de la Prodecon, catedrático del ITAM y ahora socio de litigio fiscal en Deloitte, expuso que en un principio, emitir recibos de nómina electrónicos constituirá una carga administrativa para los patrones.
 
 
Entrevistado previo a su nombramiento en Deloitte, dijo a El Financiero, que en cinco años esta medida podría resultar fácil, pero mientras tanto, hay una curva de aprendizaje y un costo para las empresas. Añadió que es algo que se podría impugnar, aunque por tratarse de una cuestión económica, es difícil que prospere.
 
 
Gonzalo Juárez, del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) señaló que "se puede predecir un aumento de obligaciones electrónicas, ya que al percatarse el SAT de los beneficios que le trae la fiscalización electrónica, seguirá incorporando (la exigencia de) más cumplimientos de este tipo en las disposiciones fiscales".
 
 
 
Pasos a seguir
 

Los primeros pasos para poder emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) son: obtener en el SAT la Firma Electrónica Avanzada (Fiel), tramitar el Certificado del Sello Digital y elegir a un proveedor Autorizado de Certificación (PAC) acorde con las necesidades de facturación de la empresa.
 
 
En la página electrónica del SAT: http://www.sat.gob.mx, en los apartados Información fiscal. Factura electrónica, está disponible una lista con más de 70 proveedores, así como aquéllos que han sido revocados.
 
 
El SAT, que además ofrece servicios para factura electrónica gratuitos,  recomienda que antes de contratar un PAC se verifique en la lista que esté autorizado, y en caso de haber dudas se llame al 01 800 46 36 728.
 
 
Recordó que entre las obligaciones de los PAC están validar los requisitos del comprobante; asignar el folio fiscal e incorporar el sello digital del SAT.
 
 
También existe la Asociación Mexicana de Proveedores Autorizados de Certificación (Amexipac), en la que están inscritas las empresas que hasta ahora proveen más del 70 por ciento de los CFDI que se timbran en el país.
 

 
 

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