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IFT investigará posible concentración en servicios de telecomunicaciones


 
Notimex
 
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) publicó el extracto del acuerdo por el que inicia la investigación por la denuncia de una posible concentración prohibida de los servicios de Telecomunicaciones a nivel nacional e internacional.
 
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En el Diario Oficial de la Federación (DOF), el organismo detalló que la investigación se centrará en los mercados de los servicios de telefonía móvil; telefonía fija; provisión de acceso a internet de banda ancha; enlaces dedicados; interconexión; televisión restringida; televisión abierta; publicidad en medios de comunicación; y contenidos audiovisuales y de audio.
 
Agregó que la investigación identificada bajo el número de expediente E-IFT/UC/DGIPM/CP/0003/2013 se realizará en términos de los artículos 16 y 17 de la Ley Federal de Competencia Económica, a nivel nacional e internacional.
 
Indicó que lo anterior se llevará a cabo toda vez que se han hecho del conocimiento de este Instituto Federal de Telecomunicaciones actos que podrían constituir una concentración en términos del artículo 16 de la Ley Federal de Competencia Económica. Los cuales, dijo, podrían tener como objeto o efecto disminuir, dañar o impedir la competencia y la libre concurrencia respecto de bienes o servicios iguales, similares o sustancialmente relacionados, en los mercados ya mencionados.
 
Por lo anterior, mencionó la investigación tiene por objeto determinar si existe o no una concentración que pudiera tener los efectos señalados.
 
Sin embargo, puntualizó que no existe todavía la determinación de los hechos y normas cuya violación pueda constituir una infracción, ni la plena identificación del sujeto a quien deberá oírse en defensa como probable responsable.
 
"Pues como se indica, el objetivo de este procedimiento indagatorio es recabar los medios de prueba que permitan determinar si existen o no actos prohibidos por la Ley Federal de Competencia Económica", enfatizó el IFT.
 
Mencionó que lo anterior en la inteligencia de que los hechos que puedan constituir violaciones a la Ley, disposiciones legales que se estimen violadas, así como el o los agentes económicos probablemente responsables, se determinarán, en su caso, en el oficio de probable responsabilidad a que se refiere el artículo 33 de la mencionada Ley.
 
En ese sentido, refirió que la emisión del presente acuerdo no debe entenderse como un prejuzgamiento sobre la responsabilidad de agente económico alguno, sino como una actuación tendiente a verificar la observancia de la Ley Federal de Competencia Económica.
 
El IFT añadió que dicho asunto se turnará a la Dirección General de Investigaciones de Prácticas Monopólicas para el efecto de que tramite y realice la investigación correspondiente, así como los requerimientos de documentación e información.
 
Además cite a declarar a quienes tengan relación con los hechos investigados y lleve a cabo inspecciones; proponga las medidas de apremio señaladas en la Ley Federal de Competencia Económica que considere aplicables.
 
Cabe mencionar que el periodo de investigación no será inferior a 30 días hábiles ni excederá de 120 días hábiles contados a partir de este 17 de diciembre; mismo que podrá ser ampliado hasta por cuatro ocasiones por el Instituto.
 

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