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Empresas desconocen cómo operará reforma fiscal: Coparmex


 
 
Isabel Becerril
 

Todas aquellas empresas dedicadas a la producción de alimentos con alto contenido calórico, como las botanas, pastelillos, mermeladas y hasta cereales, tendrán hasta el 10 de enero del 2014 como fecha límite para cobrar sus ventas del presente año, de lo contrario, estarán sujetas al gravamen del 8 por ciento, aun cuando hubieran vendido en 2013.
 

Pedro Higuera, presidente de la Comisión de Asuntos Tributarios de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), anotó que esa información fue publicada en la Gaceta oficial por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), pero aún falta que sea difundida en el Diario Oficial de la Federación.
 
No obstante, el especialista fiscal sostuvo que existe un gran desconocimiento por parte de las empresas sobre cómo va operar la reforma fiscal a partir del 2014.
 

Ante ello y luego de que restan sólo unos días para que entren en vigor las reglas fiscales, Higuera planteó a las autoridades hacendarias que otorguen unos meses de gracia para la difusión de las nuevas medidas, ya que muchas empresas desconocen los procedimiento, tal es el caso de las botanas con el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS).
 
La actual legislatura aprobó de última hora el IEPS a una tasa de 8 por ciento a los llamados alimentos "chatarra", con lo cual la SHCP espera recaudar 5 mil 600 millones de pesos para el 2014.
 

Sin embargo, existe preocupación en la industria alimentaria, en especial en aquellas empresas que elaboran productos como botanas, confitería, chocolates, flanes y budines, mermeladas, cremas de cacahuate y avellana, cereales o helados, porque se desconoce la lista de los productos que serán considerados para el gravamen y los que quedarán exentos al contener menor aporte calórico.
 
 
 
 
 
 

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