Elecciones 2009
  Fondos
  Finanzas
  Economía
  Negocios
  Rutas de México
  Pymes
  Política
  Nacional
  Internacional
  Mundo Hispano
  Salud
  Espectáculos
  Cultura
  Deportes
  Futbol
  Clima y horarios
  Alerta por influenza
  Entrevista exclusiva
  News
  Noticiarios
  Ágora
  Reportes trimestrales
  Corresponsales
  Cartones
  Colaboración Esp
  Indicadores
  Bienes Raíces

Edición Impresa




Dinero, Fondos y Valores
(In) competitividad de México
Víctor Felipe Piz
Desde el Pupitre
Juegos perversos
Mario Rodarte E.
Agenda CONFIDENCIAL
Martí, "revolucionario"
Luis Soto
INDICADOR POLÍTICO
Martí y su IFE legítimo¿Instituciones al diablo?
Carlos Ramírez
Mesa de Negocios
Se adelanta la solución para el Consejo de Pemex
Herminio Rebollo Pinal
CORPORATIVO
S
Rogelio Varela
LA CRÊME DE LA CRÊME
¡Al fin!
Eva Makívar
Estrictamente Personal
Narcoestado (la otra cara)
Raymundo Riva Palacio




Al periódico

En el periódico
En el Sitio Web
En PDA
En Magazines

¿Quiénes Somos?
Antecedentes
Misión y Visión
Directorio


 
 
  - A  A +
imprimir
enviar
Digg It!
RSS
   
PDA
del.icio.us
Compartir  

SCJN considera que ganadores de premios deben pagar impuestos
Nacional - MIércoles 24 de junio (17:40 hrs.)

  • El monto es por 20% de lo ganado
  • Se expresa ante amparo de Televisión Azteca

El Financiero en línea

México, 24 de junio.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) precisó que las empresas que organizan juegos con apuestas y sorteos pueden trasladar a los ganadores de dichos concursos un impuesto de 20 por ciento sobre el monto que obtuvieron.

La Primera Sala de la Corte determinó que es a final de mes, periodo en que se genera el pago de dicho gravamen, cuando los contribuyentes que organizan juegos y sorteos pueden trasladar a los consumidores finales de un producto, es decir, a los ganadores del concurso, el impuesto que se generó por el monto obtenido.

Al resolver un amparo que promovieron Televisión Azteca y Promojuegos de México, los ministros avalaron la constitucionalidad de varios artículos de la Ley del Impuesto Especial de Producción y Servicios (IEPS), al considerar que no violan los principios de proporcionalidad, seguridad jurídica y equidad tributaria.

Las empresas quejosas argumentaron que dos artículos de dicha ley no permitían al contribuyente que organiza juegos con apuestas y sorteos trasladar la carga tributaria, a una tasa de 20 por ciento, al participante o consumidor final.

Sin embargo, los ministros precisaron que los artículos no violan las garantías de proporcionalidad y seguridad jurídica, en virtud de que en el caso de juegos con apuesta y sorteos, el Legislativo decidió establecer reglas de operación distintas.

Esto, explicaron, debido a que la ley dispone que "dicho traslado puede hacerse hasta el final del mes en que se genera el pago del tributo, el cual se genera con sus propias características haciéndose el traslado desde el precio fijado a cada contraprestación". (Con información de Notimex/RSC)













El Financiero pone a su disposición las noticias más importantes del día, a través de dispositivos móviles. Lleve consigo en todo momento las principales noticias del periódico y los principales indicadores de los mercados Cambiario, Accionario y de Dinero entre otros.

Es un servicio gratuito.
Con la edición digital de El Financiero usted podrá recibir en la pantalla de su PC, la edición diaria del periódico exactamente como fue impreso.

Incluyendo todos los artículos, fotografías, gráficas, tablas y anuncios.

Dé un click para más información.
Servicio electrónico de información especializado en finanzas, economía y negocios.

Con este sistema es posible obtener la mejor información para la toma de decisiones financieras, porque está diseñado con la tecnología más sofisticada y tiene una amplia cobertura nacional e internacional.