- Figueroa declara infundados los agravios de inconstitucionalidad que alegan
- No se acreditó parte de los movimientos reportados en la gestión de Espino
El Financiero en línea
México, 30 de enero.- La Sala Superior del TEPJF confirmó una multa por 17 millones 182 mil 381.09 pesos impuesta por el Consejo General del IFE al PAN por irregularidades en los informes de campaña del proceso electoral 2005-2006, durante la gestión de Manuel Espino.
En sesión pública, los magistrados avalaron por unanimidad el proyecto de sentencia formulado por la magistrada presidenta de la Sala Superior, María del Carmen Alanís Figueroa, quien consideró infundados e inoperantes los agravios formulados por el Partido Acción Nacional (PAN).
En su ponencia, la magistrada consideró que los artículos del Reglamento de Fiscalización que cuestiona el apelante no son inconstitucionales, pues no regulan cuestiones ajenas a lo que puede ser materia de los reglamentos ni rebasan lo previsto en el Cofipe.
Agregó que los agravios son infundados "en tanto que la resolución apelada sí contiene motivo y razones particulares, así como los preceptos legales que sustentan la determinación adoptada".
La magistrada expuso que otros agravios fueron considerados inoperantes porque el PAN se "concreta a sostener de manera dogmática que permitió la práctica de auditorías y que entregó la documentación solicitada para demostrar los ingresos o gastos efectuados".
Pero, agrega la sentencia, en esas afirmaciones no controvierte las razones ofrecidas por la autoridad para concluir que no se acreditó parte de los movimientos reportados y que por ello se cometieron distintas irregularidades.
"Se evidencia que el partido sí tiene la obligación de exhibir con sus informes los comprobantes de los gastos informados, sean estos individuales o centralizados; en este último supuesto, además el partido está obligado a observar las reglas de prorrateo aplicables para los gastos de campaña", expone el documeto.
Alanís Figueroa concluyó que el Consejo General del IFE fundó y motivó la aplicación de las sanciones impuestas, lo mismo que el monto de cada una, para lo cual apreció y justificó los elementos necesarios para sustentar legalmente la potestad sancionadora que la ley le otorga. (Con información de Notimex/SCL)